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La Capacidad para Contratar

INTRODUCCION Como punto de partida empezamos en el concepto de contrato definiéndolo como “el acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales.” Pero estas dos o más partes que manifiestan su consentimiento para celebrar un contrato tienen que ser capaces de hacerlo. Es así que surgen las siguientes preguntas -que se intentaran responder en el presente artículo- ¿Qué es la capacidad y que características tiene en nuestro derecho? ¿Qué personas cuentan con la capacidad para celebrar contratos? ¿Tienen capacidad las personas jurídicas? ¿Qué ocurre con los contratos celebrados por personas incapaces? LA CAPACIDAD DE LAS PERSONAS HUMANAS: La Real academia española la define a la Capacidad como la “ Aptitud para ejercer personalmente un derecho y el cumplimiento de una obligación.” Mientras que nuestro Código no brinda un concepto, pero diferencia la Capacida...