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Pacto de preferencia y Contrato sujeto a conformidad

  Introducción : El Pacto de Preferencia y el Contrato sujeto a conformidad se encuentran ahora regulados en el CCCN en la parte general de los contratos, por lo que podemos afirmar que tanto uno como el otro son aplicables a todos los contratos. De esta manera se resolvió el inconveniente que teníamos en el viejo Código Civil por el cual para poder aplicar el pacto de preferencia a contratos que no fueran compraventa, se empleaban analogías, muchas veces forzadas, con este tipo de contratos. Ya que en el “Código de Vélez”, solo estaba regulado dentro de las cláusulas especiales de los contratos de compraventa. Pacto de preferencia ( art 997) El pacto de preferencia es el beneficio de prioridad, prelación o ventaja que se le otorga a una persona o grupo de personas por sobre terceros para celebrar un tipo contrato. “El sentido básico del pacto de preferencia es el de posibilitar que determinados negocios se mantengan bajo el ámbito de control de quienes en un determina...