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Los Efectos de los Contratos

*Los   efectos de los contratos son lo que las partes actuando de buena fe quisieron que se produzcan como finalidad del acuerdo. Serían las consecuencias que surgen de la celebración del mismo. La relatividad de las efectos *Cuando hablamos de los efectos de los contratos, tenemos que hacer hincapié en el principio de la relatividad de los efectos , es decir que como regla general el contrato sólo tiene efecto entre las partes contratantes, pero no   para los terceros. Sin perjuicio de ello toda regla general tiene una excepción , que sería que los contratos tendrán efectos para terceros siempre que estén previstos por ley. *La regla general establece que los contratos pueden proyectar efectos, derechos y obligaciones solo para aquellos sujetos que forman parte del contrato, pero no con relación a terceros. Salvo que exista una ley que permita extender los efectos de un contrato a personas que no sean partes del contrato. Como se da en el caso de los beneficiario...

Una aproximación a los Contratos Paritarios, a los de Adhesion y los de Consumo

El código actual regula tanto los contratos paritarios, como los de adhesión y los de consumo. ¿Pero que son estos tipos de contratos? ¿Tienen relación entre sí? O ¿Se los debe entender como tres tipos de contratos diferentes? Los contratos paritarios : Son aquellos actos jurídicos mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para; -crear -regular -modificar                                                           RELACIONES JURIDICAS PATRIMONIALES. - transferir - extinguir Estos contratos se centran en principios jurídicos como: 1.- La libertad de las partes para celebrar y configurar el contenido del contrato. 2.- La fuerza obligatoria mediante la cual el co...

La Causa de los Contratos

Los contratos están formados por 3 tipos de  elementos ,  también denominados requisitos, estos son denominados como esenciales, naturales y accidentales. Los ELEMENTOS ESENCIALES que son aquellos que deben estar para que exista el contrato, en caso  de que falte alguno de los elementos esenciales no podemos hablar que estamos frente a un contrato. Los elementos esenciales de los contratos son consentimiento de las partes, el objeto del contrato y la causa del contrato, es decir que si llegan a faltar alguno de estos tres elementos esenciales no hay contrato. Dentro de los elementos esenciales, se encuentra la CAUSA DE LOS CONTRATOS, que es el tema a tratar. La causa de los contratos es la finalidad que tuvieron las partes al contratar o los motivos que llevaron a celebrar el mismo. Su características principales son la Necesidad (como existencia) y su licitud, ya que tanto sino hay causa no hay contrato (por ser un elemento esencial) y si la caus...

Apostillas de Derecho Contractual

En este Blog se publicara sobre temas de Derecho Contractual argentino, abarcando tanto temas de la parte general como de la parte especial de la materia Contratos Civiles y Comerciales conforme al temario aprobado y dictado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Javier Casartelli